miércoles, 13 de abril de 2011

Disposición de la dirección del trabajo señala que los mercaderistas reponedores externos están exentos de trabajar los días festivos y feriados.

Mercaderistas externos harán cumplir normativa dictada por la misma dirección del trabajo ya que hasta hoy cada vez que se aproxima un feriado las empresas contratistas se han empecinado en amenazar a los trabajadores con descontar el día si no asisten a trabajar un feriado o festivo. Dictamen aclara que los reponedores están exentos del art. 38 del c del t. así como, los bodegueros, secretarias, etc. Trabajadores que no atienden público. Claro que este hecho tendrá una excepción en casos de fuerza mayor. Vocero de la coordinadora de subcontratados del retail señalo que presentaran las denuncias en los casos en que trabajadores sufrieron amenazas por parte de los contratistas y además, denunciaran a las empresas mandantes y a las cadenas de supermercados por este mismo hecho, ya que no aceptaran represalias por este beneficio.

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