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martes, 20 de marzo de 2012

Corte de Apelaciones revocó la cancelación de matrículas de los alumnos del Liceo José Victorino Lastarria

Labbé apelará a fallo que reincorpora expulsados del Lastarria 
El presidente del centro de alumnos, Matías Leal señaló que "es una señal positiva de que los jueces están tomando decisiones con más criterio y contraviene a lo que muchos pensábamos de que no sería favorable. No sé cómo lo va tomar Labbé, pero esto es un muy buen logro", afirmó. 

Como una "mala señal" y de echar "parafina al movimiento" calificó Labbé la decisión del tribunal de alzada "se les olvidó el año escolar interrumpido, los jóvenes que perdieron su derecho a la educación, los alumnos que repitieron y todo el daño económico que asumimos los municipios".

A pesar de su enojo el jefe comunal dijo que respetaría y cumpliría el fallo, "pero no es definitivo. Vamos a apelar, la resolución es una orden de no innovar, de carácter condicional".
Luego que en la mañana de este lunes la Justicia revocara cancelación de matrícula y expulsión de los alumnos del Liceo Lastarria a partir de este martes 20, los estudiantes podrán matricularse e iniciar su año académico.

viernes, 9 de marzo de 2012

CRUZ COKE DEBERÁ INDEMNIZAR A TRABAJADORA DESPEDIDA.

En el día internacional de la mujer, corte suprema publica fallo histórico que favorece a socia de ANFUCULTURA. Despedida del consejo de la cultura el año 2010.


en el día internacional de la mujer, la corte suprema dio a conocer la resolución que da a lugar el requerimiento de la trabajadora y rechaza el recurso de queja de interpuesto por el consejo del estado en contra de la jaeza del tribunal laboral de valparaiso, Ximena Cárcamo que, el 12 de enero del presente año, fallo a favor de la socia de la agrupación sindical de Anfucultura y funcionaria del consejo del consejo de la cultura, Monica Torrealba Alcerreca despedida arbitrariamente por el ministro Luciano Cruz Coke el 2010.
en efecto, la resolución del máximo tribunal, publicada justo en el día internacional de la mujer. señala que atendido el merito de los antecedentes, lo dispuesto en los artículos 545 y 548 del código orgánico de tribunales y no existiendo en el fallo del 12 de enero del 2012, falta o buso grave susceptible de ser enmendado a través de esta vía extraordinaria del recurso de queja, se "rechaza" ordenando por ende pagar a la demandante lo establecido en la condena y que supera los ocho millones de pesos.
este es el primer fallo en que se da razón a un funcionario publico a contrata despedido vulnerando sus derechos fundamentales por lo que el estado de Chile deberá indemnizar obligatoriamente sin derecho a mas dilaciones ni apelaciones.