Convocatoria
a suscribir carta dirigida a la
Corte Suprema
por fallos que validan
“fraude laboral” que aplica contratos
por obra o faena a trabajadores que realicen labores permanentes
La Corte Suprema continúa sus ataques contra los derechos
laborales más básicos, esta vez validando la ampliación de contratos por obra o
faena a trabajadores que realizan labores permanentes y que por naturaleza no
concluyen (Rol Nº 3276-2010).
Nos referimos a labores de aseo, recolección de basura y seguridad que desempeñan
miles de trabajadores subcontratados para empresas que se han adjudicado un contrato, licitación o concesión,
con otras empresas o servicios públicos.
Sin embargo, lo resuelto por la Corte Suprema tiene alcances mucho más
amplios: puede aplicarse a trabajadores de todos
los sectores productivos, que trabajan en régimen de subcontratación, e
incluso a personal de planta.
El efecto práctico es que, al ser contratados hasta el término de la
obra o faena, los trabajadores no pueden
negociar colectivamente (Art. 304 de C.T.) y pueden ser despedidos sin derecho a indemnización alguna,
independientemente de la cantidad de años que hubieren prestado servicios.
Es decir, ¡derechos laborales básicos eliminados por decisión arbitraria
del máximo tribunal del país, sin necesidad de ley alguna! Eso es flexibilidad laboral de facto, por vía
jurisprudencial.
Esta no es una decisión aislada: la Corte ya ha reducido la base de
cálculo de las indemnizaciones por término de contrato y de la “semana
corrida”, permitido el reemplazo de trabajadores en huelga con otros
trabajadores contratados con anterioridad, exigido dolo para acreditar una
práctica antisindical, y negado la aplicación del procedimiento de tutela de
derechos fundamentales ante despidos de funcionarios públicos, entre otros.
Se trata de decisiones deliberadas, motivadas en la animadversión que
algunos Ministros de la Sala Laboral evidencian por el Derecho del Trabajo y
los trabajadores en general. No es casual que sus decisiones más controvertidas hayan coincidido con la incorporación de
Ministros con trayectorias ajenas al Poder Judicial y tan estrechamente
vinculados al empresariado. La
composición de esta Sala no proporciona garantías de imparcialidad.
Se invita a todos los dirigentes
sindicales a suscribir la carta que se adjunta, en Tucapel Jiménez Nº 32
tercer piso, Santiago Centro (Metro Los Héroes), entre el miércoles 25
y el lunes 30 de Enero, de 11:00 a 19:00 horas.
Confederación de Trabajadores del Cobre
Confederación de Sindicatos Bancarios y Afines
Federación de Sindicatos de Empresas Ripley
Federación de Sindicatos Cencosud
Federación de Sindicatos Nacionales del Área Previsional, de la Seguridad Social y Empresas Relacionadas.
Confederación Nacional Unitaria de Trabajadores del Transporte y Afines (CONUTT)
Federación de Sindicatos del Retail
Subcontratados de Tresmontes
Lucchetti
Subcontratados de Unilever quillayes
Subcontratados de ccu
Subcontratados del retail
Federación de subcontratados del comercio del sur
Sindicato complementos Chile
consfecove
confederación coordinadora de sindicatos del comercio
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